portret.moscowExámenes de identificación facial

Evaluación de la aptitud de las imágenes

Determinación de si las imágenes fotográficas o de vídeo son aptas para la identificación facial, teniendo en cuenta la calidad, el ángulo de toma, la iluminación, la resolución, la ocultación del rostro y las distorsiones.

Qué se estudia

Determinación de si las imágenes fotográficas o de vídeo son aptas para la identificación facial, teniendo en cuenta la calidad, el ángulo de toma, la iluminación, la resolución, la ocultación del rostro y las distorsiones.

El examen se realiza a partir de las fotografías, los fotogramas, las grabaciones de vídeo, las imágenes de comparación y los documentos del caso aportados. Importan la calidad de las imágenes, el ángulo de toma, la iluminación, la resolución, la disponibilidad de originales y la suficiencia de los materiales de comparación.

Posibles preguntas

  • si las imágenes aportadas muestran a una misma persona;
  • si las imágenes son aptas para el examen de identificación facial;
  • qué rasgos coincidentes de la apariencia se han detectado;
  • qué rasgos diferentes de la apariencia se han detectado;
  • si los materiales bastan para una conclusión categórica;
  • si están fundamentadas las conclusiones de la pericia anterior.

Qué aportar

  • archivos originales de fotos y vídeos;
  • fotogramas de la mejor calidad;
  • fotos de comparación de la persona cuya identidad se comprueba;
  • datos sobre la fuente de la imagen;
  • los límites temporales del fragmento de vídeo necesario;
  • un acuerdo de designación, una resolución judicial o un proyecto de preguntas.

Tarifas

desde 40 000 ₽. El coste exacto depende de la cantidad de imágenes, la calidad de los materiales, la duración del vídeo, la complejidad de la comparación, la necesidad de una revisión crítica y la urgencia.

Por qué la aptitud se evalúa para una comparación concreta

Una imagen puede mostrar a la persona en su conjunto y, al mismo tiempo, no contener detalles suficientes para la comparación requerida. La aptitud se determina en relación con la pregunta y los materiales de comparación disponibles. Que un lado del rostro se vea bien en la primera fotografía ayuda poco si esa misma zona está oculta o no se distingue en la segunda.

Qué importa en un par de imágenes

  • Qué zonas de la apariencia están representadas en ambos materiales.
  • Si se distinguen los detalles relevantes para la pregunta planteada.
  • En qué medida difieren la dirección de la toma, la iluminación y la expresión facial.
  • Si se conoce el período de la toma y se reflejan los cambios documentados en la apariencia.
  • Si están disponibles los archivos originales en lugar de imágenes reducidas de un documento o de la correspondencia.

Las limitaciones pueden afectar a una imagen, a una zona concreta o al par completo. Por ello, conviene acompañar la respuesta «los materiales son insuficientes» de una explicación de qué falta exactamente y si puede ayudar otra fotografía ya existente o la grabación original. Aumentar formalmente la cantidad de fotografías similares no subsana necesariamente la carencia.

El tamaño del archivo, el número de píxeles y la nitidez visual no garantizan por sí solos la existencia de rasgos fiables. Una copia ampliada no se convierte en una nueva imagen independiente. Para la evaluación preliminar se conserva el original disponible y se indica por separado qué copias se han procesado o se han obtenido de una publicación.

El encargo acordado puede limitarse inicialmente a evaluar la aptitud. Esto permite separar la posibilidad de comparar de la futura respuesta sobre una misma persona o personas distintas, e indicar previamente qué datos están disponibles para cada etapa.

Solicitud

Envíe fotos, vídeos o una descripción de la tarea

Puede enviar fotografías, fotogramas, un enlace a un vídeo, un acuerdo de designación, una resolución judicial, un proyecto de preguntas o un dictamen ya elaborado para su revisión crítica.

  • identificación de personas mediante fotografías;
  • identificación mediante imágenes de vídeo;
  • evaluación de la aptitud de las imágenes;
  • comparación de rasgos de la apariencia;
  • revisión crítica y preguntas para el tribunal.

Cómo se tratan los datos: Política de tratamiento de datos personales. Adjunte únicamente las imágenes y los documentos necesarios. Las imágenes de otras personas requieren un fundamento jurídico propio; condiciones de entrega.

Para la evaluación preliminar, indique la fuente de la imagen, la fecha, la calidad, el ángulo de toma, qué personas se comparan y qué preguntas deben resolverse.

Adjuntos: hasta 10 archivos de 10 MB cada uno, con un máximo total de 15 MB. Si no se acepta un archivo, la consulta no se envía.

Pericia de identificación facial: identificación de personas mediante fotos y vídeos+7 965 751 2580
LlamarEscribirConsultar el encargo ↗